La Fiscalía ha reclamado seis meses de prisión para cada uno de los ocho exconsejeros de Sniace, incluido el que fuera jefe de operaciones de la factoría de Torrelavega, por los vertidos contaminantes realizados al río Saja‑Besaya entre 2008 y 2010 sin la autorización necesaria. La petición, formulada en el arranque de la repetición del juicio celebrada en la Plaza número 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santander, supone una reducción respecto a la pena inicialmente solicitada, al haberse eliminado la continuidad del delito en la calificación de la acusación.
Además de la pena de prisión, la fiscal ha solicitado para cada uno de los acusados una multa de 12.000 euros y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de actividades vinculadas a la emisión de vertidos al medio natural. La Abogacía del Estado, por su parte, ha reclamado una indemnización global de casi 50 millones de euros para reparar el daño ocasionado al medio ambiente, cantidad que deberá cuantificar el tribunal en la sentencia o en su ejecución.
La causa versa sobre vertidos contaminantes procedentes de la planta de Sniace al cauce del Saja‑Besaya, autorizados previamente por la Confederación Hidrográfica del Miño‑Sil, pero posteriormente revocados en 2006. La Autorización Ambiental Integrada otorgada por la Consejería de Medio Ambiente de Cantabria en 2008 estaba limitada a vertidos en el dominio público marítimo‑terrestre, a la ría de San Martín, no al río, lo que ha sido clave para la consideración de que los vertidos en el Saja‑Besaya se realizaron sin el amparo administrativo correspondiente.
El juicio, que se prolongará durante cinco jornadas hasta el 22 de abril, se enmarca en el marco de la repetición del plenario tras la anulación parcial de la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Santander, que en 2021 condenó a tres meses y medio de prisión a los siete miembros del Consejo de Administración y al jefe de operaciones. La Audiencia Provincial consideró procedente revisar parte del fallo y la prueba practicada, lo que ha llevado a reabrir la vista oral y a completar la declaración de testigos citados para reforzar la valoración de los hechos.
En la primera sesión comparecieron varios exconsejeros de la empresa, entre ellos el que fuera jefe de operaciones, el presidente de la compañía y el resto de miembros del Consejo de Administración en el periodo comprendido entre 2008 y 2010, todos ellos acusados de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. Asimismo, la magistrada ha admitido nuevas pruebas documentales solicitadas por las partes, mientras que se ha apreciado de forma unánime la atenuante de dilaciones indebidas, al tratarse de un procedimiento que se enjuicia casi 17 años y nueve meses después de la incoación de la causa.
La vista ha contado también con la declaración de Miguel Gómez de Liaño, que ejerció como consejero y secretario de Sniace, quien ha declarado no recordar los hechos y se ha remitido a la documentación incorporada al expediente. Además, ha comparecido Francisco Martín, que fue consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria entre 2007 y 2011, quien ha señalado que en aquella época la competencia sobre los vertidos en el cauce del Saja‑Besaya correspondía a la Confederación Hidrográfica, no a la Administración autonómica.
A la apertura de la vista han sido convocados una docena de testigos más, y los ocho encausados se han presentado en la Sala de Las Salesas salvo Blas Mezquita, que no ha podido comparecer por motivos médicos. Todos han negado la responsabilidad penal que se les imputa, y la mayoría ha abandonado la sala tras prestar declaración inicial, reservándose su intervención para posteriores jornadas, cuando se les interrogue en profundidad sobre la toma de decisiones en el seno del Consejo de Administración.
La Fiscalía sostiene que el que fuera jefe de operaciones habría asumido la autoría material del delito, al ordenar la realización de los vertidos, mientras que el resto de miembros del Consejo de Administración serían responsables por omisión, al conocer la situación y no haberse opuesto ni impedido la práctica. Las defensas, por su parte, mantienen la petición de libre absolución y, en caso contrario, insisten en aplicar la atenuante de dilaciones indebidas en grado muy cualificado, así como en la posible prescripción de algunos hechos, lo que ha sido rechazado por la magistrada al abordar las cuestiones previas.
La decisión que adopte la Sala tendrá en cuenta tanto la gravedad ecológica de los vertidos, calificados por varios peritos como de “alta calidad” negativa y que habrían contribuido al deterioro de la calidad del río Saja‑Besaya, como la evolución de la normativa penal y ambiental durante el largo periodo transcurrido entre los hechos y la celebración del juicio. El resultado del proceso marcará un precedente relevante en la responsabilidad penal de órganos de administración empresarial en materia de vertidos y contaminación acuática, en un caso que ha concentrado el interés de asociaciones ecologistas y de la opinión pública cántabra durante años.














