El Sector de Sanidad de la Federación UGT-Servicios Públicos ha desconvocado la huelga general indefinida iniciada hoy en las ambulancias de DIAVIDA, empresa concesionaria del transporte sanitario programado o no urgente del Servicio Cántabro de Salud (SCS), tras una asamblea que ha ratificado el principio de acuerdo alcanzado en el ORECLA (Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales).
El sindicato desconvoca la huelga y anuncia una demanda judicial contra los servicios mínimos del 100% decretados en el primer día del paro por el Servicio Cántabro de Salud y la Consejería de Salud del Gobierno de Cantabria, “que además de incumplir los que había pactado con el Comité de Huelga, vulneran de por sí el derecho constitucional a la huelga”.
Según afirmó Gildo Cabañeros, presidente del comité de empresa de DIAVIDA en Cantabria, “en la asamblea no han estado muchos trabajadores y trabajadoras que hoy les ha tocado alguno de los 600 servicios mínimos impuestos sin derecho alguno a la huelga”.
El acuerdo aprobado en la asamblea y que permite desconvocar la huelga general incluye el compromiso de la empresa de realizar el pago de las nóminas “de manera puntual y en los términos recogidos en el convenio colectivo”; además de que, tanto empresa como sindicato, resuelvan sus discrepancias sobre la subida salarial en la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo.
Además, el acuerdo también recoge el compromiso de las dos partes negociadoras a consultar al Servicio Cántabro de Salud (SCS) la interpretación de uno de los artículos del pliego de condiciones de la adjudicación del servicio sobre qué traslados con pacientes que precisen camilla implican la presencia de un técnico sanitario y un conductor.
La empresa concesionaria añade a sus compromisos la instalación de una caseta de obra con ducha “con la máxima celeridad posible” en las bases de los centros de trabajo de Laredo, Reinosa, Torrelavega y Revilla de Camargo, mientras se completen las obras de acondicionamiento de las instalaciones previstas en el pliego de condiciones con un margen adicional de 30 días.