La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha dado la razón a la Federación de Hábitat de Comisiones Obreras en Cantabria (CCOO) y ha concluido que el Gobierno de Cantabria no argumentó convenientemente las razones que justificaban la proporcionalidad de los servicios mínimos impuestos en la huelga convocada por el sindicato en TIRCantabria, la empresa que gestiona el vertedero de residuos sólidos de Meruelo, hace ahora casi un año (8 de mayo).
De este modo, el TSJC ha estimado parcialmente el recurso presentado por el sindicato contra el Ejecutivo cántabro y concluye que la ausencia de explicaciones en la resolución impugnada conlleva la vulneración del derecho fundamental a la huelga convocada el pasado mes de mayo.
“No tuvimos otra opción que acudir a la huelga en TIRCantabria ante la negativa de la empresa a negociar un nuevo convenio que reuniera unas condiciones laborales dignas para las 124 personas que en aquel momento trabajaban en este centro de trabajo. Fueron muchos meses de trabajo infructuoso viendo cómo la empresa miraba hacia otro lado y el único camino que nos quedó, tras agotar el de la negociación y el diálogo, fue la movilización”, ha recordado Jesús de Cos, secretario general de la Federación de Hábitat de CCOO en Cantabria.
El sindicato ha subrayado que no es la primera vez que tienen que acudir a la justicia ante los despropósitos del Gobierno cántabro en lo que a los servicios mínimos de las huelgas que se convocan se refiere.
“Se trata de un gran logro sindical porque, una vez más, se pone de manifiesto que el Gobierno de Cantabria impone servicios mínimos que no se ajustan a la norma”, ha dicho De Cos, quién ha asegurado que “nos mantendremos ojo avizor para que no se vulneren ni se atropellen los derechos fundamentales de la clase trabajadora y para que estos despropósitos no se sigan produciendo”.
CCOO ha apuntado que espera que las últimas sentencias a favor de CCOO, como la de las huelgas del metal que dejaban claro que el Gobierno no tiene competencia para dictar servicios mínimos en empresas privadas, hayan sido determinantes sobre cómo debe actuar la administración de cara a otras huelgas.