El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santander ha dictado sentencia en el Juicio Verbal 570/2023 en la cual desestima íntegramente la demanda presentada por la Asociación Española de Quiropráctica y por don L.M.R.G. en la cual solicitaban, en defensa de sus intereses, que el Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Cantabria y el Gobierno de Cantabria rectificaran la información publicada en su página web y redes sociales tras una reunión para tratar el intrusismo en la profesión entre el Colegio de Fisioterapeutas y la Dirección General de Ordenación, Farmacia e Inspección.
Desde el colegio, “se valora muy positivamente la sentencia. Es un paso más en nuestro trabajo contra la intromisión profesional, que afecta ya no solo a la profesión sino a la seguridad y las garantías con las que la ciudadanía accede a nuestros servicios. Seguiremos trabajando junto a la consejería para que cualquier tratamiento de un paciente, que incluya terapia manual, sea realizado por un fisioterapeuta, único profesional sanitario reconocido para ello”.
El Juez de Primera Instancia señala en su sentencia que la publicación que pretendían rectificar los demandantes no les alude ni directa ni indirectamente a ninguno de ellos “y ni siquiera profundiza en la formación requerida para llevar a cabo las técnicas que alude, cuestiones que no se abordan en la publicación”.
Añade la sentencia que “es indiferente que se haya iniciado actuación inspectora frente a alguno de ellos, pues es una cuestión ajena a la propia publicación, y deberá ser planteada, si llegara el caso, en el propio expediente sancionador o ante la jurisdicción contencioso administrativa”.
La sentencia, contra la que cabe recurso, condena en costas a los demandantes