La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre a un año y cuatro meses de prisión por entrar por la fuerza en la vivienda de su expareja, empujada su actuación por los celos y por la sospecha de que la mujer estaba dentro con otro hombre. En la misma resolución, el tribunal le impone la prohibición de acercarse y comunicarse con ella durante cinco años y medio.
La condena se ha acordado en una vista celebrada este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial para formalizar la conformidad alcanzada entre las partes, según la información difundida por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. En ese trámite, el acusado ha reconocido los hechos y ha asumido la autoría de un delito de allanamiento de morada y de otro de daños, después de romper la cerradura y el marco de la puerta.
Además, el encausado ha admitido también dos delitos de violencia de género, en su modalidad de injurias y de maltrato, así como un delito leve de lesiones. Según los hechos aceptados, insultó a la mujer, la empujó y agredió al hombre que se encontraba con ella, lo que acabó derivando en un forcejeo entre ambos.
De acuerdo con el escrito de conformidad, el acusado acudió al domicilio “sabedor de que esta se encontraba dentro en compañía de otra persona” y comenzó a golpear con insistencia la puerta mientras gritaba. Dentro de la casa estaban su expareja y un vecino, que optaron por guardar silencio para simular que no había nadie, aunque el hombre siguió golpeando y dando patadas hasta lograr abrir la puerta.
Una vez en el interior, y tras comprobar que la mujer estaba acompañada por otro hombre, reaccionó, siempre según los hechos probados, “a consecuencia de sus celos y el propósito de agredir a ambos”. Entonces apartó a la expareja con un fuerte empujón, le propinó una bofetada al otro hombre y le golpeó repetidamente en la nariz, la cabeza y la oreja izquierda.
El acusado no abandonó la vivienda pese a los requerimientos de la mujer, y permaneció allí hasta que acudieron al lugar la madre y la hermana del otro hombre, alertadas por los gritos. Esa secuencia, recogida en el escrito de conformidad que se incorporará a la sentencia, fue la base del acuerdo de condena alcanzado en sala.
Junto a la pena de prisión y a las medidas de alejamiento e incomunicación, el condenado deberá permanecer localizado permanentemente durante seis días, realizar 32 días de trabajos en beneficio de la comunidad, no podrá tener ni portar armas durante dos años y tendrá que abonar una multa de 240 euros.













