La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años y medio de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer que había pasado la noche en casa de su compañero de piso. Los hechos ocurrieron mientras la víctima dormía, momento en el que el procesado se introdujo en su cama y mantuvo relaciones sexuales con ella sin su consentimiento, al suplantar a su compañero, con quien había compartido la noche de forma voluntaria.
La sentencia, que aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, le considera culpable de un delito de abuso sexual con acceso carnal. Además de la pena de cárcel, se le impone la prohibición de acercarse a la víctima durante ocho años, cinco años de libertad vigilada tras su salida de prisión, y la inhabilitación durante siete años y medio para ejercer profesiones con contacto con menores. También deberá abonar una indemnización de 10.000 euros por los daños morales causados.
El tribunal ha tenido en cuenta dos atenuantes a la hora de fijar la pena: las dilaciones indebidas del proceso y la reparación parcial del daño, ya que el acusado entregó 3.000 euros a la víctima antes del juicio, una cuantía que el tribunal considera relevante dadas sus circunstancias personales.
La sentencia describe que el procesado aprovechó que la mujer dormía sola en la habitación contigua tras pasar la noche con su compañero, se metió desnudo en su cama y comenzó a tocarla y a mantener relaciones sexuales con ella. La mujer, en un primer momento, no rechazó las caricias al pensar que se trataba de la misma persona con la que había estado. Sin embargo, al girarse y descubrir al acusado, lo apartó bruscamente, llegando a usar una botella de cristal para defenderse, momento en el que el hombre abandonó el domicilio.
La declaración de la víctima ha sido clave en la resolución judicial. La Audiencia considera que su testimonio ha sido claro, coherente y sin contradicciones, lo que ha permitido desmontar la presunción de inocencia del acusado. Este relato ha sido además respaldado por testigos, como el compañero de piso, que confirmó la llamada de la mujer tras lo sucedido, así como por informes médicos y forenses que recogieron su estado de ansiedad, tristeza e indignación.
Por el contrario, la versión del acusado, que negó los hechos y alegó que había bebido y consumido drogas, no ha convencido al tribunal. La Audiencia descarta que su estado estuviese alterado por sustancias, dado que los análisis apuntan a un consumo reciente, pero leve, y los testigos lo vieron actuar con normalidad.
La resolución recuerda que, conforme a la legislación europea, el acusado mantiene su presunción de inocencia hasta que la sentencia sea firme.