El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha fallado a favor del Club Deportivo Elemental Balonmano Sinfín en su recurso contra la Real Federación Española de Balonmano (RFEBM), que le impuso una sanción de 600 euros por no acudir a una reunión informativa, pese a haber comunicado previamente una causa justificada para su ausencia.
El club presentó inicialmente un recurso ante el Comité Nacional de Apelación de la RFEBM, que fue desestimado. Ante esta resolución, el Balonmano Sinfín llevó el caso ante el TAD, que finalmente ha dado la razón a la entidad cántabra.
Con esta decisión, el tribunal reconoce la validez de los argumentos presentados por el club y anula la sanción impuesta por la federación. Desde el Balonmano Sinfín han mostrado su satisfacción por el fallo, que consideran un respaldo a su postura en este contencioso.