La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a nueve meses de prisión a una mujer que increpó verbalmente a otra en la playa de La Concha, en Santander, con insultos y expresiones de carácter xenófobo mientras esta realizaba topless. La condenada ha reconocido los hechos en una vista celebrada esta mañana ante la Sección Tercera del tribunal.
Según la sentencia, la acusada ha admitido ser autora de un delito de odio y discriminación en concurso con otro contra la integridad moral, concurriendo además la circunstancia agravante de haber actuado con ánimo discriminatorio.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha dispuesto su inhabilitación durante cuatro años para ejercer cualquier profesión u oficio de carácter educativo, el pago de una multa de 2.400 euros y una indemnización de 500 euros a la víctima. Dado que la condenada no cuenta con antecedentes penales, la Audiencia ha decidido suspender la ejecución de la pena durante dos años, siempre que abone la indemnización fijada.
Los hechos ocurrieron cuando ambas mujeres coincidieron en la playa santanderina. De acuerdo con el relato de la Fiscalía, la acusada se dirigió a la otra bañista con frases vejatorias, entre ellas comentarios sobre su cuerpo y amenazas de agresión si no se cubría el torso. Tras abandonar el lugar momentáneamente, regresó poco después y, al percibir que la mujer no era española por su acento, profirió nuevas ofensas y descalificaciones vinculadas a su origen extranjero, con la intención de humillarla públicamente.
Entre esas expresiones se incluyen comentarios despectivos como “ya sabemos a lo que venís las extranjeras”, además de alusiones a su situación económica y amenazas de fotografiarla y difundir las imágenes en redes sociales.
La situación provocó que varios bañistas presenciaran la escena y que la víctima solicitara la intervención de la Policía Local de Santander, que acudió a la zona. En presencia de los agentes, la ahora condenada reiteró su rechazo al topless y volvió a hacer alusión al origen extranjero de la mujer, pronunciando frases como “todos sabemos lo que hacen los extranjeros”.
Según recoge la sentencia, el tono elevado empleado por la acusada, el lugar de los hechos —una playa concurrida— y la naturaleza de sus palabras provocaron en la víctima un intenso sentimiento de humillación y menosprecio hacia sí misma, afectando a su integridad moral y su dignidad personal.
La resolución, ya firme, subraya el carácter discriminatorio de la conducta y la necesidad de reprobar penalmente este tipo de episodios que atentan contra la convivencia y el respeto a la diversidad en la comunidad cántabra.













