El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 64 millones de euros a Airbnb por publicar 65.122 anuncios ilegales de alojamientos turísticos en España. Se trata de la segunda multa más alta en la historia del departamento, solo por detrás de la impuesta a Ryanair, y responde a una infracción grave por prácticas comerciales desleales.
La investigación detectó multitud de viviendas anunciadas sin el número de registro obligatorio o con datos falsificados. En concreto, 59.229 anuncios carecían del número exigido y otros 5.769 utilizaban referencias incorrectas. Además, se constató la omisión de información esencial sobre la naturaleza del anfitrión, lo que, según Consumo, constituye publicidad engañosa.
Por comunidades, la Comunitat Valenciana lidera el número de infracciones con 21.938 anuncios irregulares, seguida de Canarias (12.728) y Galicia (6.956). También destacan los casos de Baleares (4.305), Murcia (2.709), Cantabria (2.510, de los cuales 2.486 sin registro), Asturias (2.198) y Cataluña (2.258).
Las diferentes normativas autonómicas explican parte de la disparidad. En Madrid, Andalucía y Extremadura no existía durante el periodo investigado la obligación de mostrar número de registro, aunque en Andalucía sí se detectaron más de 3.000 anuncios con licencias falsas.
El expediente se abrió en diciembre de 2024, después de que el Ministerio notificara a la plataforma, dos meses antes, la existencia de miles de alojamientos irregulares. Al no rectificar, Consumo inició el procedimiento sancionador, que ahora se ha resuelto con una multa que multiplica por seis el beneficio estimado obtenido por la compañía con estas prácticas.
Todas las infracciones se cometieron antes de la entrada en vigor de la Ventana Única Digital, que obliga actualmente a incluir el número de registro en los anuncios de alquiler turístico en todo el Estado.
El ministro Pablo Bustinduy ha defendido la decisión, recordando que “Airbnb tendrá derecho a recurrir, pero la sanción es firme y deberá abonarse”. Desde la compañía, por su parte, se sostiene que la resolución vulnera el marco legal español y europeo, alegando que la obligación de incluir el número de registro se implantó después de los hechos sancionados.














