La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la asociación Alfonso I contra la decisión de la Delegación del Gobierno en Cantabria de adelantar su manifestación prevista para el 27 de septiembre en Santander, cambiando el horario de las 17:00 a las 14:30 horas.
El tribunal considera que la modificación es proporcional y justificada, ya que el mismo día estaba programada otra concentración de la asociación Rock contra el Fascismo, con inicio a las 17:30 horas, que comparte parte del recorrido con la marcha de Alfonso I. Además, el fallo tiene en cuenta los incidentes ocurridos el año pasado durante ambas manifestaciones, tal y como reflejó un informe de la Brigada Provincial de Información de la Policía Nacional.
Otro factor determinante fue la celebración de un partido de fútbol de Segunda División a las 18:30 horas, que implicaba la presencia policial en varios puntos de la ciudad, especialmente en la zona de Cañadío y alrededores del estadio. La Sala subraya que la medida busca preservar el orden público sin prohibir la manifestación, afectando únicamente al modo, lugar y tiempo de su celebración. Además, recuerda que la asociación puede comunicar otra manifestación en distinta fecha, hora o recorrido si lo desea.
Voto particular
El magistrado José Ignacio López Cárcamo emitió un voto particular, defendiendo que cualquier restricción sobre elementos esenciales de una manifestación —como día, hora y lugar— requiere una motivación cualificada. Rechaza que los incidentes pasados sean suficientes para garantizar que la convocatoria provoque alteraciones del orden público con certeza, y señala que la medida adoptada reduce la visibilidad y efectividad de la manifestación, al realizarse a las 14:30, cuando hay menos personas en las calles. Según López Cárcamo, existían alternativas menos restrictivas que habrían permitido conciliar el derecho de manifestación con la seguridad pública.