El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado los dos recursos contencioso-administrativos interpuestos por la asociación Salvemos Torrelavega contra la implantación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la ciudad. En dos sentencias hechas públicas hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo resuelve los litigios planteados contra la delimitación aprobada por el Ayuntamiento de Torrelavega en marzo de 2024 y contra la ordenanza municipal que la regula, aprobada en julio del mismo año. Ambas resoluciones, que no son firmes y pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo, aplican los mismos argumentos para respaldar la legalidad de la medida.
La Sala insiste en que la implantación de la ZBE no constituye una mera opción para los municipios con más de 50.000 habitantes, sino una obligación legal directa. «No se condiciona su creación a índices concretos de contaminación —esto solo aplica a los de más de 20.000 habitantes— ni el Ayuntamiento tiene margen para eludir las limitaciones y restricciones en su interior», razonan los magistrados. Por tanto, tanto el establecimiento de la ZBE como la imposición de restricciones resultan imperativos legales, sin alternativa para la administración local.
No obstante, el tribunal matiza que declarar una ZBE no equivale a clausurar una zona al paso de personas, comercios o servicios públicos. «Sencillamente se restringe el acceso con vehículos a motor de determinadas características, ligadas a sus emisiones contaminantes», precisa la sentencia, corrigiendo la percepción de algunas alegaciones de la demanda que parecían sugerir un cierre total del área. La Sala subraya que para valorar la proporcionalidad de las limitaciones es imprescindible analizarlas junto a las excepciones previstas en la ordenanza, aspecto que la demanda de Salvemos Torrelavega obviaba por completo.
Entre esas excepciones, los vehículos restringidos pueden acceder hasta 24 veces al año o ilimitadamente si estacionan en aparcamientos públicos más de quince minutos. Además, quedan exentos residentes inscritos en el Registro de Vehículos Autorizados, servicios públicos, usuarios de garajes con vado, desplazamientos de personas con movilidad reducida o vehículos históricos, sin límite de accesos tras formalizar la inscripción. «Analizar si una restricción resulta excesiva exige ponerla en relación con estas excepciones», remarca el fallo, criticando que la demanda partiera de las prohibiciones como si estas fueran absolutas e incondicionales.
La asociación demandante esgrimía varios motivos contra la ZBE, desde la supuesta vulneración de la libertad de circulación, el libre mercado y la competencia hasta presuntos vicios formales que invalidarían las resoluciones municipales. Sin embargo, tras examinar exhaustivamente los expedientes administrativos, la Sala valida el informe técnico en el que se sustentó el Ayuntamiento, que incluye un análisis detallado de alternativas y justifica la delimitación adoptada, calificada como «mínima».
Ese estudio considera la accesibilidad mediante autobús público o taxi, la reducida extensión de la zona —recorrible a pie desde sus accesos con aparcamientos próximos— y contempla un profundo análisis demográfico, de renta, grupos de edad, impacto de género y efectos sobre los negocios locales. Frente a este trabajo técnico, «la demanda solo contiene opiniones subjetivas, sin aportar ni un solo dato que desvirtúe el informe, sus estudios, valoraciones y conclusiones», reprocha el tribunal.
Respecto a la alegada ausencia de un estudio económico o presupuestario, la Sala lo descarta de plano: «Difícilmente puede afirmarse tal carencia cuando el expediente contiene un análisis basado en datos reales y precisos, frente al que la demandante solo ofrece opiniones sin aportar elementos objetivos que cuestionen sus conclusiones». En suma, tras este escrupuloso examen, el TSJ no aprecia defectos formales en el procedimiento y confirma la legalidad tanto de la delimitación como de la ordenanza reguladora.
Las sentencias imponen costas a la Asociación Salvemos Torrelavega, limitadas a 1.500 euros por cada uno de los dos procedimientos. Con estas resoluciones, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria da luz verde definitiva a la ZBE de Torrelavega, reafirmando la obligatoriedad de estas zonas en núcleos urbanos de cierta envergadura y el deber de las corporaciones locales de implementarlas conforme a la normativa estatal de protección ambiental y calidad del aire.














