El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este miércoles la orden de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio por la que se determinan los domingos y festivos en los que los comercios podrán abrir durante el año 2026. La resolución cumple con la normativa autonómica en materia de comercio y fija un total de diez jornadas de apertura autorizada.
Seis de esos días caerán en domingo: el 4 de enero; el 19 y 26 de julio; el 23 de agosto; el 11 de octubre y el 27 de diciembre. A ellos se suman tres fechas festivas relevantes: el Jueves Santo, 2 de abril; el 15 de agosto, Día de la Asunción; y el 7 de diciembre, jornada laborable al trasladarse el festivo nacional del Día de la Constitución.
Para elaborar el listado, el departamento que dirige Eduardo Arasti ha consultado previamente a los agentes sociales y económicos de la comunidad: sindicatos, organizaciones empresariales, cámaras de comercio y la Federación de Municipios de Cantabria. Según explica la Consejería, la elección responde en su mayoría a las coincidencias entre las propuestas recibidas y busca ajustar los días a las necesidades tanto del comercio como del consumidor.
Industria ha aplicado los criterios recogidos en la Ley de Comercio de Cantabria, que obliga a incluir al menos un día festivo en caso de que se produzca la coincidencia de dos o más días no laborables consecutivos. La orden de 2026 cumple con esta condición en cinco de las fechas señaladas.
El calendario también tiene en cuenta los periodos de mayor movimiento comercial o turístico. Así, se han seleccionado los días 19 y 26 de julio, así como el 15 de agosto, por coincidir con la temporada alta turística; el 29 de noviembre, en plena campaña del ‘Black Friday’; y el 27 de diciembre, dentro del periodo navideño.
El consejero Eduardo Arasti ha agradecido la colaboración de los distintos sectores implicados y ha subrayado el consenso alcanzado para la designación de las fechas. “El objetivo es equilibrar los intereses de los trabajadores, del comercio y de los propios consumidores”, ha señalado, destacando que el modelo se adapta a la evolución del comercio electrónico, que “ha transformado los hábitos de compra y mantiene una actividad continua durante todo el año”.
La normativa autonómica contempla además casos específicos, como los establecimientos de panadería, pastelería, prensa, carburantes o productos preparados, que mantienen la libertad para decidir su horario. Del mismo modo, los locales situados en estaciones y espacios de gran afluencia turística —24 municipios de Cantabria cuentan con esta consideración— también disponen de un régimen especial.
Las tiendas de conveniencia y los pequeños establecimientos con menos de 300 metros cuadrados de superficie de venta, salvo los integrados en grandes grupos, también gozarán de libertad horaria. En cuanto a farmacias y estancos, seguirán rigiéndose por su normativa propia o, de forma supletoria, por la de comercio.
Toda la información y detalle sobre el calendario de 2026 puede consultarse en la web de la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria (https://comercioyconsumodecantabria.es) y en sus perfiles de redes sociales.














