El titular del Juzgado de Instancia número 1 de Castro Urdiales ha declarado que Manuel Peña Gobantes, ejecutado en 1938 durante la Guerra Civil, fue “asesinado de forma injusta e inhumana” pese a que la pena de muerte que se le impuso había sido conmutada. El magistrado afirma además que “no consta que cometiera delito alguno” y considera nula la condena dictada por un tribunal “ilegítimo” en pleno conflicto bélico.
La resolución, hecha pública este martes y abierta a recurso ante la Audiencia Provincial de Cantabria, atiende a una solicitud de la Fiscalía de Memoria Democrática. Este órgano promovió un procedimiento de jurisdicción voluntaria con el objetivo de revisar judicialmente hechos pasados y reconocer la inocencia de las víctimas condenadas en juicios sin garantías.
En su auto, el juez detalla que Peña Gobantes, miembro de la Confederación Nacional del Trabajo (CNT), fue condenado a muerte “sin derecho de defensa alguno” y “sin que existiera prueba de haber quebrantado la ley”, siendo perseguido únicamente por su militancia política y sindical. El procedimiento se desarrolló bajo un consejo de guerra sumarísimo instruido en Castro Urdiales en enero de 1938, en el que también fueron juzgadas otras personas por supuesto delito de adhesión a la rebelión.
El documento judicial señala que la sentencia capital fue conmutada poco después por la Auditoría de la Región Militar de Bilbao, al considerar “escasa la trascendencia de los hechos y el daño causado”. Sin embargo, nunca llegó a aplicarse dicha conmutación, y Peña Gobantes fue ejecutado finalmente en mayo de 1938 en el cementerio de Derio (Bizkaia). El auto destaca que no existe explicación documentada sobre por qué no se respetó esa decisión.
El procedimiento se ha sustentado en pruebas documentales y en el testimonio de una sobrina del ejecutado, quien fue la persona que impulsó la petición ante la Fiscalía. Durante la vista, la mujer relató que su padre siempre había deseado recuperar la dignidad de su hermano y la de toda la familia, borrando el estigma que pesó sobre ellos durante décadas.
A la vista de las pruebas presentadas, el magistrado declara expresamente que la condena a muerte impuesta a Manuel Peña Gobantes debe considerarse nula de pleno derecho en virtud de la Ley de Memoria Democrática, y ordena que así conste en el sumario original del consejo de guerra que lo sentenció. Con esta decisión, la Justicia española reconoce de forma oficial la reparación de otro caso de represión política aún pendiente en la comunidad.













