La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos hombres a penas de prisión por una violenta pelea ocurrida en febrero de 2023 en un inmueble abandonado de Santander, donde ambos residían. Según la sentencia, uno de ellos agredió al otro con una barra de uña tras una discusión por el candado que cerraba la puerta de acceso a la vivienda, mientras que el segundo respondió con un cuchillo, provocándole heridas graves en el cuello.
La resolución judicial, dictada por la Sección Primera de la Audiencia y aún no firme al caber recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, impone al primero de los acusados una pena de dos años de prisión, tres años de alejamiento de su oponente y el pago de una indemnización de 1.210 euros. Además, deberá abonar una multa de 360 euros por un delito de lesiones leves tras haber agarrado del cuello y tirado al suelo a la pareja del otro implicado, a quien también deberá indemnizar con 222 euros.
El segundo hombre ha sido condenado a dos años y nueve meses de prisión como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, aunque el tribunal aprecia una eximente incompleta de legítima defensa. También se le prohíbe comunicarse o acercarse al otro durante siete años y deberá indemnizarle con 4.863 euros por las lesiones ocasionadas.
Los hechos se produjeron en un inmueble precario en el que ambos compartían espacio: uno ocupaba la planta inferior y el otro, la superior, junto a su compañera. El conflicto comenzó cuando el residente del piso inferior —molesto porque creyó que sus vecinos habían roto el candado de acceso— subió gritando y armado con una barra de uña. Según el relato judicial, comenzó a golpear en la cabeza al otro hombre y, al intervenir la mujer, la agarró del cuello y la tiró al suelo antes de arrastrar a su pareja por la escalera.
En ese momento, el segundo acusado cogió un cuchillo de diez centímetros de hoja para defenderse y lo clavó en el cuello del agresor. Los magistrados sostienen que este ataque constituye un delito de tentativa de homicidio, ya que el golpe se dirigió a una zona vital y la víctima salvó la vida únicamente gracias a la rápida atención médica.
No obstante, la Audiencia reconoce que el hombre actuó movido por el intento de protegerse de una “agresión ilegítima e injustificada” en la que se utilizó un instrumento peligroso. Sin embargo, considera que su respuesta fue “claramente desproporcionada”, porque el ataque inicial no ponía en riesgo su vida ni revelaba intención de matar. Por ello, la defensa solo se aplica de forma parcial.
El tribunal subraya que la utilización contundente de una barra de hierro también constituye una conducta peligrosa, capaz de causar daños graves. En este caso, el herido requirió atención médico-quirúrgica por las lesiones recibidas.
Finalmente, la Audiencia absuelve a la mujer que fue también procesada, al no haber quedado acreditado que participara activamente en la pelea.
La sentencia recuerda que, conforme a la Directiva europea 2016/343, se mantiene la presunción de inocencia de los acusados hasta que la resolución sea firme y no quepa recurso.














