La huelga docente que se desarrolla en Cantabria entre este lunes y martes cuenta con una novedad relevante en relación con los servicios mínimos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha acordado que los tutores de los centros de Educación Especial y de las aulas específicas de Educación Especial en colegios ordinarios sean considerados servicios mínimos.
El auto, dictado este 8 de septiembre, llega tras la comparecencia celebrada en la mañana de hoy, en la que tanto el Gobierno de Cantabria como el sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) y la Fiscalía presentaron sus alegaciones.
Contexto de la decisión
El pasado viernes la Sala había adoptado de forma cautelarísima dejar fuera de los servicios mínimos tanto a los tutores de Infantil como a los de primero de Primaria, al considerar que no se justificaba suficientemente su necesidad.
Sin embargo, en la vista de este lunes, el tribunal ha aceptado la petición de CC.OO. de incluir a los tutores de Educación Especial en el decreto, al reconocer la importancia de garantizar la atención adecuada al alumnado con necesidades educativas específicas.
Por su parte, el Gobierno autonómico y la Fiscalía solicitaron que también se reconociera como servicios mínimos la labor de los tutores de Infantil y primer curso de Primaria, tal y como figuraba en el decreto inicial de la Consejería de Educación. La Sala, sin embargo, ha rechazado esa posibilidad.
Argumentos del tribunal
En el auto, los magistrados subrayan que la tutoría es “una función especialmente relevante”, pero recuerdan que la huelga tiene una duración limitada de solo dos días.
“El tribunal considera que esa función podría ejercerla cualquiera de los docentes ya determinados por la ratio establecida para los servicios mínimos”, recoge la resolución.
Además, insisten en que no se ha acreditado la “necesidad ineludible” de incluir a los tutores de Infantil y primero de Primaria, ya que “la virtualidad de la función del tutor se manifiesta a lo largo de todo el curso” y no exclusivamente en los dos primeros días de clase.
Educación Especial, una excepción
La Sala sí ha hecho una excepción con los tutores de Educación Especial, tanto en centros específicos como en aulas integradas en colegios ordinarios. Para estos casos, el tribunal reconoce la singularidad de la atención que requieren los menores y la necesidad de asegurar su presencia como parte de los servicios mínimos durante la huelga.
De esta manera, el TSJC introduce un matiz en el decreto de la Consejería de Educación, que inicialmente había previsto la obligatoriedad de los tutores de Infantil, Primaria y Educación Especial, y que ahora queda limitado solo a estos últimos.
Un factor determinante: la duración de la huelga
Uno de los elementos clave para los magistrados ha sido el carácter puntual del paro, de tan solo dos jornadas. “La duración de la huelga es de tan solo dos días, un factor determinante para la fijación de los servicios mínimos”, concluye el auto.
Consecuencias para el inicio de curso
La decisión del TSJC se enmarca en una huelga convocada en pleno arranque del curso escolar 2025-2026. Mientras la Junta de Personal Docente cifra en torno al 56 % el seguimiento de la protesta, la Consejería de Educación lo rebaja al 43 %.
La resolución judicial busca garantizar la atención de los alumnos más vulnerables sin vaciar de contenido el derecho a huelga del resto del profesorado.