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El SCS deberá indemnizar con 115.784 euros a una joven que perdió sensibilidad en las piernas tras una operación de rodilla

El juzgado considera que las graves secuelas sufridas -incluyendo un síndrome de cola de caballo- son consecuencia de un "riesgo excepcional" no contemplado en el consentimiento informado

by El Mirador
22/07/25 11:38
in Sucesos
Acusado por tocar a una mujer en una discoteca de Santander
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Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a pagar 115.784 euros en concepto de indemnización a una mujer de 28 años que sufrió graves daños neurológicos tras ser intervenida de una artroscopia de rodilla en junio de 2020. La resolución judicial, recién notificada y susceptible de recurso, considera probado que la paciente desarrolló un síndrome de cola de caballo como consecuencia de la anestesia epidural administrada durante el procedimiento.

Según relata la demanda, la joven experimentó un «dolor intensísimo» durante la punción anestésica. En los días posteriores a la intervención, comenzó a presentar inestabilidad, atrofia muscular y pérdida progresiva de sensibilidad en la zona pélvica, genital y extremidades inferiores. La pandemia retrasó su evaluación hasta dos meses después, cuando los especialistas confirmaron las secuelas neurológicas que hoy le impiden caminar con normalidad y requieren asistencia para funciones básicas como la micción.

El magistrado analizó minuciosamente los informes periciales -tanto los aportados por la afectada como los del propio SCS- y concluyó que, si bien no existe «prueba concluyente» de mala praxis, la única explicación plausible para el cuadro clínico es la punción anestésica. «No se ha presentado ninguna alternativa causal que explique razonablemente lo ocurrido», señala el fallo.

Consentimiento informado insuficiente

Uno de los aspectos clave de la sentencia gira en torno al consentimiento informado firmado por la paciente. El juzgado considera que el documento solo mencionaba «complicaciones menores», mientras que el daño real sufrido -reconocido como discapacidad del 65%- resulta «absolutamente desproporcionado» para una intervención electiva como una artroscopia de rodilla.

«Lo ocurrido excede con creces lo que cualquier paciente podría razonablemente esperar al someterse a este tipo de procedimiento», afirma la resolución. El magistrado recalca que la operación no era vital ni urgente, sino que buscaba aliviar «dolores y molestias en la vida diaria», por lo que las consecuencias son «francamente excepcionales».

El SCS mantuvo durante el proceso que no existía relación causal demostrada entre la anestesia y las secuelas, y que la paciente asumió los riesgos al firmar el consentimiento. Sin embargo, el juzgado desestimó estos argumentos al considerar que las complicaciones sufridas no eran riesgos inherentes ni previsibles en este tipo de intervención.

Indemnización inferior a lo solicitado

La cuantía finalmente concedida (115.784 euros) resulta notablemente inferior a los 366.500 euros reclamados inicialmente. La sentencia explica esta diferencia porque la demandante no aportó documentación económica que sustentara la partida por lucro cesante, aunque sí reconoce indemnización por los días de curación, el daño moral, el perjuicio estético y la pérdida de calidad de vida.

El fallo deja abierta la posibilidad de que ambas partes interpongan recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Mientras tanto, la joven deberá convivir con unas secuelas que, según los informes médicos, son «crónicas e irreversibles» y han alterado profundamente su desarrollo personal y profesional.

Tags: iSCS
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