El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la condena de prisión permanente revisable impuesta a José Reñones por el asesinato de su hija de once meses y de su pareja, madre de la menor, en diciembre de 2021 en la localidad de Liaño, en Villaescusa. Además de la pena máxima contemplada en el Código Penal, el condenado deberá cumplir otros 25 años de prisión por la muerte de su expareja.
En una sentencia dictada este lunes, 7 de julio, y notificada este miércoles a las partes, la Sala de lo Civil y Penal del TSJC desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa, confirmando así el fallo emitido en marzo por la Audiencia Provincial de Cantabria tras el veredicto unánime del jurado popular.
Se trata de la primera vez que se ratifica en Cantabria una condena de prisión permanente revisable. No obstante, la resolución no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Doble asesinato con agravantes
El TSJC considera plenamente acreditada la autoría del doble crimen por parte de Reñones, descartando las alegaciones de la defensa sobre la supuesta vulneración de derechos fundamentales. Los magistrados avalan la solidez del conjunto de indicios considerados por el jurado, cuya “interrelación lógica” conduce a una única conclusión razonable: que el acusado fue el autor de los asesinatos.
La Sala también ha estimado parcialmente los recursos de las acusaciones particulares en lo relativo a la responsabilidad civil. La cantidad inicialmente fijada, 245.000 euros, se incrementa ahora hasta los 363.000 euros, destinados a los familiares directos de las víctimas: los dos hijos mayores de la mujer, su madre y su hermana.
La sentencia mantiene además el resto de penas impuestas: dos medidas de libertad vigilada de diez años, la privación de la patria potestad respecto a las hijas que Reñones tuvo con otra mujer, y un año de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, ya que cometió los hechos estando vigente una orden de alejamiento respecto a su pareja y su hija.
Crimen machista con motivación de dominación
Durante el juicio, celebrado en febrero, Reñones negó su implicación en los hechos. Sin embargo, el jurado consideró acreditado que regresó al domicilio familiar, pese a la prohibición judicial, y que permaneció en la vivienda cuando la víctima volvió creyendo que él ya se había marchado.
Según la reconstrucción judicial, el acusado atacó por sorpresa a su expareja, a la que asestó múltiples golpes y puñaladas, una de ellas mortal. Posteriormente, acabó con la vida de la bebé por estrangulamiento y, una vez fallecida, le infligió también heridas con un arma blanca.
La sentencia destaca el carácter “machista” y “dominador” del crimen, motivado por el rechazo de la mujer a continuar con la relación. El tribunal subraya que Reñones actuó movido por un deseo de posesión, rabia y odio ante la decisión de su expareja de apartarlo de su vida y comenzar una nueva etapa con su hija.
Los jueces también hacen referencia al comportamiento autoritario y despreciativo mantenido por el condenado durante la relación, tanto hacia su pareja como hacia la menor, y recuerdan que no se ha podido establecer ningún móvil alternativo ni la presencia de terceras personas en la escena del crimen.
El acusado permanece en prisión provisional desde su detención, primero en el centro penitenciario de El Dueso (Santoña) y actualmente en Dueñas (Palencia).












