El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado la petición de medidas cautelares presentada por la asociación ecologista ASCEL, que reclamaba la paralización de la resolución del 2 de abril por la que se aprobó el cupo de extracción de lobos en Cantabria para la campaña 2025-2026. Además, la Sala impone a la demandante el pago de las costas judiciales, fijadas en un máximo de 300 euros.
En su auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo sostiene que el lobo ibérico, tras la entrada en vigor de la Ley 1/2025, ha dejado de estar protegido en Cantabria bajo el régimen especial que regía anteriormente. De este modo, la figura del cánido deja de tener un valor jurídico prioritario frente a otros intereses, como el de la ganadería extensiva, cuya protección también es considerada de interés público.
“El interés de los ganaderos por proteger sus animales y su forma de vida no puede verse relegado en favor de una conservación incondicional del lobo”, recoge literalmente el auto, que defiende el equilibrio entre ambas necesidades.
El tribunal concluye que los informes técnicos aportados por el Gobierno regional justifican sobradamente la decisión recurrida. Según consta en el documento, los datos son “exhaustivos y precisos”, y evidencian la proporcionalidad de la resolución aprobada. Además, subraya que los informes no han sido desmentidos con ninguna prueba por parte de ASCEL.
En este sentido, el TSJC recuerda que la resolución impugnada no supone una autorización directa e incondicional para cazar, sino que fija un cupo de 41 ejemplares, condicionado a criterios técnicos de necesidad, proporcionalidad y seguimiento, especialmente vinculados a ataques al ganado y la situación poblacional del lobo en la región.
Según los informes remitidos por la Consejería de Desarrollo Rural, en 2024 se registraron 2.681 ataques de lobo, con un saldo de 3.233 cabezas de ganado muertas y 207 heridas, afectando a 71 municipios cántabros. El documento también certifica la presencia de 23 manadas en la región, de las cuales 18 han tenido reproducción confirmada, lo que lleva a considerar que el estado de conservación del lobo es favorable.
La consejera del área, María Jesús Susinos, ha valorado de forma positiva la decisión judicial. “Este auto viene a reforzar el trabajo serio y técnico que se está desarrollando desde la Consejería. La protección del lobo es importante, pero también lo es garantizar el futuro del sector ganadero”, ha manifestado.
La resolución judicial llega tras un cambio normativo que deja fuera al lobo del norte del Duero del Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESPRE). Por tanto, el auto considera que ya no se puede aplicar el mismo marco legal de protección estricta que regía hasta ahora y establece que el criterio a seguir es el del mantenimiento de un estado de conservación favorable, no el de una protección total y excluyente.
El TSJC también rechaza que exista un perjuicio irreparable si no se suspendiese el cupo, y desmonta la idea de que el nuevo plan suponga una “masacre”, tal y como alegaba la parte demandante. La Sala entiende que, además del marco legal, los informes técnicos avalan que la población de lobo en Cantabria está en expansión y que las extracciones previstas no ponen en riesgo su conservación a largo plazo.
La decisión no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reposición en un plazo de cinco días.












