La magistrada presidenta del tribunal del jurado ha condenado a prisión permanente revisable a un hombre (J. Reñones) por el asesinato de su bebé de once meses, además de imponerle una pena de 25 años de prisión por el asesinato de su pareja. La sentencia, que se ha hecho pública este viernes y contra la que aún cabe recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, considera al acusado culpable de dos delitos de asesinato con la agravante de parentesco y, en el caso de la mujer, también con la de discriminación por razón de género.
Además de la pena de prisión, el condenado deberá cumplir dos medidas de libertad vigilada de diez años cada una tras su salida de la cárcel. También se le ha retirado la patria potestad sobre las hijas que tiene con otra pareja durante el tiempo que dure la condena.
La sentencia también incluye una pena de un año de prisión adicional por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, ya que en el momento del crimen el acusado tenía vigente una orden de alejamiento sobre su pareja y su hija. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a los familiares de las víctimas con 245.000 euros.
Un crimen machista con brutalidad extrema
Los hechos juzgados ocurrieron después de que el acusado volviera a la vivienda familiar pocos días después de que se le prohibiera acercarse a su pareja y a su hija, algo que hizo con el consentimiento de la mujer. Sin embargo, tras varias semanas conviviendo juntos, ella decidió denunciar su actitud autoritaria y despreciativa, por lo que la Guardia Civil acudió al domicilio y le obligó a marcharse.
Pese a ello, el hombre regresó poco después sin que su pareja tuviera conocimiento de ello. Horas más tarde, la mujer volvió a la casa con la bebé en brazos, convencida de que él no se encontraba allí. En ese momento, el acusado la atacó por sorpresa, propinándole golpes violentos y reiterados. Con el propósito de acabar con su vida y aumentar su sufrimiento, además de golpearla, le asestó seis puñaladas con un cuchillo, una de las cuales le provocó una hemorragia interna que le causó la muerte.
Por su parte, la bebé falleció asfixiada por estrangulación y, una vez sin vida, el acusado le clavó un arma blanca.
El jurado consideró que el crimen fue un acto de dominación machista, ya que durante la relación el hombre mantuvo un comportamiento autoritario, despectivo y violento tanto con su pareja como con su hija.
Pruebas determinantes
Aunque no hubo testigos directos del asesinato, el tribunal fundamentó su decisión en una serie de pruebas indiciarias concluyentes. Entre ellas, se encuentran los informes periciales sobre la carga y geolocalización del teléfono del acusado, que demostraron que permaneció en la vivienda durante toda la noche, a pesar de haber declarado que pasó ese tiempo en la calle.
También se analizó la actividad del móvil de la mujer después de su muerte, que reflejaba mensajes con una redacción distinta a la habitual y una temperatura del dispositivo idéntica a la del teléfono del acusado.
Además, se encontraron restos de ADN del condenado en la ropa de la niña, algo que no podía explicarse de otro modo, ya que según testigos y audios presentados en el juicio, él no tenía contacto con su hija.
El jurado también valoró como determinante el contenido de varios audios reproducidos durante el juicio, en los que se evidenciaba la agresividad del acusado, su desprecio hacia la bebé y sus deseos de que “desapareciera”.
En conclusión, y siguiendo una deducción racional, el tribunal consideró que el hombre fue el único responsable del doble asesinato, motivado por su deseo de control y dominación sobre su pareja.












