Desde marzo de 2010, Castro Urdiales cuenta con una normativa que no ha pasado desapercibida para muchos vecinos. Entre las disposiciones más llamativas de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos, se encuentra la prohibición de instalar tendales salientes en las fachadas de los edificios, una práctica habitual en numerosos hogares de España.
La polémica en torno a esta medida se ha reavivado en redes sociales, concretamente en X (antiguo Twitter), donde el usuario Manu Núñez comentó:
«Me han dicho que en Castro hay una ordenanza que prohíbe poner tendales en el exterior. Mis preguntas son: ¿Cómo narices secan la ropa? ¿Todas las casas tienen secadora? ¿Ponen un tendal dentro de casa? Y si es así, ¿la humedad qué?»
A este comentario se sumó Miguel Torga, quien aportó otra perspectiva:
«El sundrying en muchas zonas solo se permite en balcones, ventanas a patio interior y espacios habilitados al efecto, no en las fachadas a la calle. A mí me gusta incluso tender a nivel en la calle como en la kPesquero y otras zonas.»
Los tendales salientes, dispositivos instalados en balcones o ventanas que sobresalen hacia el exterior para secar la ropa al aire libre, son desde entonces cosa del pasado en el municipio. Esta medida, destinada a mejorar el ornato público y la imagen urbana, ha planteado importantes interrogantes sobre la vida cotidiana de los vecinos.
Por un lado, cabe preguntarse si todos los hogares cuentan con una secadora, considerando no solo su coste económico, sino también el impacto energético que supone. Para quienes opten por secar la ropa en interiores, surge otra preocupación: ¿cómo evitar los problemas de humedad que pueden derivarse de esta práctica? Por último, queda la duda de qué otras soluciones se ofrecen a los vecinos para secar la ropa de manera eficiente, especialmente en aquellas viviendas que no disponen de amplios balcones o terrazas.
Más restricciones en actividades domésticas
Esta ordenanza, además, no se limita a la cuestión de los tendales. También regula otras actividades cotidianas, como el riego de plantas desde ventanas o terrazas, que solo se permite entre las 20:00 y las 22:00 horas. Esta limitación podría generar inconvenientes a quienes no están en casa en ese horario.
Asimismo, queda terminantemente prohibido sacudir alfombras desde las ventanas o balcones, y aunque el texto no menciona específicamente los manteles, se podría interpretar que la restricción aplica también a estos elementos.














