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El Gobierno de Cantabria delega en los municipios los limites de los pisos turísticos

by El Mirador
09/07/24 08:24
in Noticias, Sociedad
El Gobierno de Cantabria delega en los municipios los limites de los pisos turísticos

Momento del Consejo de Turismo

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El Gobierno de Cantabria ha presentado un proyecto de decreto para la regulación de viviendas de uso turístico, destacando el «consenso» alcanzado en su redacción. La consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Eva Guillermina Fernández, subrayó que este proceso ha incluido numerosas reuniones con agentes del sector, municipios y asociaciones para obtener un documento lo más consensuado posible y ha señalado que con su redacción «se ha llegado hasta lo que nos permiten nuestras competencias en esta materia de turismo». Sin embargo, la delegación de competencias en los ayuntamientos y la inclusión de empresas como posibles titulares de viviendas turísticas han generado críticas y preocupaciones en el sector.

Una de las principales críticas al borrador del decreto es la decisión de delegar en los ayuntamientos la capacidad de establecer limitaciones al número de viviendas de uso turístico. Según el texto, los consistorios podrán imponer restricciones basadas en «razones imperiosas de interés general» sin una definición clara de lo que constituye tal interés ni de las «limitaciones proporcionadas». Este enfoque podría dar lugar a una regulación dispar entre localidades, creando inseguridad jurídica y dificultando la planificación de inversiones en el sector turístico. Ya no solo es que una localidad podría prohibir las viviendas de ese tipo, otra dejarlas al libre mercado y otra limitarlas es que dentro del mismo municipio podría haber distinciones entre barrios.

La consejera Fernández citó a Barcelona como ejemplo, sugiriendo que los ayuntamientos tendrán una amplia libertad, desde permitir libremente hasta prohibir totalmente las viviendas turísticas. Esta ambigüedad plantea el riesgo de interpretaciones arbitrarias y posibles conflictos entre administraciones locales y operadores turísticos, afectando negativamente la cohesión y competitividad del mercado turístico en Cantabria.

Empresas como Titulares de Viviendas Turísticas

Otro punto controvertido del proyecto es la ampliación de los posibles titulares de viviendas turísticas para incluir a personas jurídicas, es decir, empresas. Hasta ahora, solo las personas físicas podían inscribir propiedades en esta categoría. La inclusión de empresas podría incentivar la proliferación de grandes operadores en detrimento de los pequeños propietarios locales, potenciando una mayor concentración del mercado y posiblemente afectando negativamente la dinámica del mercado inmobiliario local.

La propuesta de permitir que las empresas gestionen viviendas turísticas se justifica bajo la Ley 17/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios. Sin embargo, esto podría llevar a una mayor profesionalización y comercialización del sector.

Requisitos Adicionales y la Necesidad de un Marco Claro

El proyecto de decreto mantiene varios requisitos de la normativa de 2019, como la obligación de contar con extintores, hojas de reclamaciones y una placa identificativa, y añade la necesidad de contratar un seguro de responsabilidad civil. Si bien estas medidas buscan garantizar la seguridad y calidad del servicio, la falta de un marco claro y uniforme podría dificultar su implementación efectiva y equitativa.

Además, la exigencia de un informe de compatibilidad de uso turístico emitido por el órgano municipal competente como requisito previo añade una capa de burocracia que podría retrasar aún más el proceso de inscripción y funcionamiento de nuevas viviendas turísticas. Este procedimiento, aunque busca asegurar el cumplimiento normativo, podría convertirse en una barrera adicional para los propietarios, especialmente para aquellos menos familiarizados con los trámites administrativos. Parece claro la necesidad de modificar todos los PGOU (Planes Generales de Ordenación Urbana) para establecer la permisividad o no de las vivienda turísticas y la prohibición de hacerlo en zonas más altas que la segunda planta. No obstante, existe la duda de ¿qué hacer hasta esa modificación? ¿valdrá con una simple normativa municipal?

Tags: Últimas noticias

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