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El Gobierno propone modificar la ley del suelo para facilitar el desarrollo de los ayuntamientos «con una legislación simple, clara y adaptada a las necesidades de la región»

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El Gobierno propone modificar la ley del suelo para facilitar el desarrollo de los ayuntamientos «con una legislación simple, clara y adaptada a las necesidades de la región»

by asaenzg
14/11/23 14:20 - Updated on 19/11/23 17:46
in Sociedad
El Gobierno propone modificar la ley del suelo para facilitar el desarrollo de los ayuntamientos «con una legislación simple, clara y adaptada a las necesidades de la región»
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Modificar las determinaciones sobre la construcción de viviendas unifamiliares en suelo rústico de protección ordinaria, corregir errores en el articulado, solucionar las discrepancias con la legislación estatal e incorporar mejoras que clarifiquen la norma resumen las principales propuestas que el Gobierno de Cantabria incluirá en el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para modificar la Ley 5/2022 de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, la conocida ley del suelo.

Así lo ha destacado el consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Roberto Media, durante la comparecencia a petición propia en comisión parlamentaria para presentar estas propuestas, indicando que el grupo de trabajo dirigido por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio mantendrá su actividad para analizar la aplicación de la Ley y «plantear a lo largo de la legislatura cuantas modificaciones sean necesarias».

Todo ello, ha precisado, «para facilitar el desarrollo de nuestros ayuntamientos, con una legislación simple, clara y adaptada a las necesidades de la región».

El consejero, que ha garantizado que el Plan Regional de Ordenación Territorial de Cantabria (PROT) se aprobará esta legislatura, ha justificado la incorporación de esta modificación de la ley del suelo en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas «por la necesidad de actuar con diligencia» para ofrecer a los ciudadanos «soluciones a una situación que no funciona».

Media también ha relacionado la necesidad de modificar la norma para no limitar las posibilidades de construir en suelo rústico de protección ordinaria, recordando que a partir de septiembre de 2024 no se podrá construir ninguna vivienda nueva al finalizar el régimen transitorio previsto en la Ley vigente.

En este ámbito, el proyecto de ley presentado recoge la eliminación de los períodos transitorios a partir de los cuales no se pueda construir y permite la construcción de viviendas unifamiliares, construcciones vinculadas a actividades artesanales, educativas, culturales, de ocio, turismo rural, campamentos de turismo y áreas de autocaravanas en suelo rústico de protección ordinaria a 200 metros de suelo urbano en todos los municipios de Cantabria.

También se adopta como mínimo para las construcciones permitidas una parcela de 1.500 metros cuadrados en todos los ayuntamientos, salvo en los municipios en riesgo de despoblamiento, en los que no se exige tamaño mínimo.

Otras cuestiones abordadas en relación con el suelo rústico han sido la eliminación de la prohibición de construir viviendas en suelo rústico por el hecho de existir suelo urbanizable y la supresión de la tasa que grava la construcción en suelo rústico a quienes no mantengan el domicilio fiscal en el ayuntamiento.

También está previsto facilitar la autorización de usos en suelo rústico con vigencia temporal periódica, bastando con una declaración responsable sobre el mantenimiento de las condiciones de la solicitud a partir de la primera autorización.

Además de incluir esta propuesta entre las modificaciones que permitan mejorar y clarificar la norma, el consejero de Fomento también se ha referido al mantenimiento del concepto de ‘Área de Desarrollo Rural’ de la Ley vigente; la recuperación de la clasificación de suelo urbano por parte de los núcleos rurales; y la consideración del suelo urbanizable bajo el régimen de rústico ordinario mientras no se desarrolle el Plan Parcial.

Sobre la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU), el consejero de Fomento ha propuesto modificar el límite máximo de miembros para dar cabida a un representante de la Asociación de Colegios Profesionales.

En cuanto a los Proyectos Singulares de Interés Regional (PSIR), ha planteado la posibilidad de que pueda procederse a su declaración de caducidad si no se aprueban inicial o definitivamente en el plazo de tres años, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno y previa audiencia del promotor y de los ayuntamientos afectados.

En materia de habitabilidad, ha avanzado que la Dirección General de Vivienda está trabajando en un nuevo decreto que sustituya al actualmente vigente del año 1991, con el fin de facilitar a los ciudadanos la tramitación para obtener una cédula de su vivienda y reducir los plazos. En este ámbito está previsto sustituir el informe previo de cumplimiento de las condiciones de habitabilidad por una declaración responsable del técnico actuante; y la cédula por el certificado final de obra, la licencia de primera ocupación o un certificado del técnico competente.

El consejero también ha destacado la eliminación de la exigencia de la cédula de habitabilidad para la contratación de suministros como el agua, luz, gas o telecomunicaciones.

El resto de principales modificaciones propuestas están relacionadas con facilitar la implantación de las infraestructuras energéticas y que no sea preciso que los Planes Generales estén adaptados a la nueva Ley para permitir los usos de alojamientos rotacionales, alojamientos colaborativos y vivienda dotacional.

Concordancia con la legislación estatal

Dentro de las propuestas para mantener la concordancia con la legislación estatal, el consejero de Fomento ha destacado la modificación de las características del sistema de expropiación, cambiando la referencia al derecho de reversión por el derecho de retasación para los terrenos expropiados para fines de interés social y que finalmente no se destinen a este fin; la protección de zonas verdes, espacios libres, dotaciones públicas y suelo rústico, obligando que sean imprescriptibles las actuaciones en estas zonas; y la adaptación a la Ley estatal de Evaluación Ambiental.

En este último apartado, el consejero ha destacado la relevancia del cambio en el canon por la implantación en el suelo rústico de Cantabria de parques eólicos y fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía generada a la red, vinculando el impuesto a presupuestos ambientales y no al importe percibido por la generación de energía y su incorporación al sistema eléctrico.

En lo que se refiere a la corrección de errores, además de erratas en algún artículo, ha señalado la eliminación de la corresponsabilidad y sanción prevista en el artículo 272.5 de la Ley para los agentes inmobiliarios por no dotar al edificio de medidas de eficiencia energética; y la inclusión del apartado e) del artículo 3.2.2 del anexo de la Ley, que define las zonas verdes preexistentes, y al que se hace referencia el apartado d) del artículo 3.2.1 del citado anexo.

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