La Federación UGT-Servicios Públicos ha interpuesto un recurso de alzada ante la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades del Gobierno de Cantabria contra la adecuación horaria del personal docente no universitario de más de 55 años porque excluye a más de 4.000 que son interinos o temporales.
El sindicato agota así la vía administrativa en su reclamación y recalca que, si la Consejería de Educación lo denegara, se interpondrá recurso judicial ante el Tribunal Contencioso-Administrativo.
Como recuerda el responsable regional del Sector de Enseñanza Pública de UGT-Servicios Públicos, Iván Alonso, el sindicato ya rechazó el pasado mes de marzo en la mesa sectorial de educación la resolución de adecuación horaria del personal docente no universitario mayor de 55 años, que se publicó en el BOC el pasado 19 de abril, porque se discriminaba a determinados colectivos en contra de las propias directrices de la jurisdicción europea y española.
Para el sindicato, esta adecuación horaria (sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza) para el curso 2024-2025 aprobada en Cantabria “es contraria a derecho” porque limita su aplicación al personal funcionario de carrera, excluyendo al interino o temporal.
“Con esta exclusión, la Consejería de Educación establece una distinción y discriminación del personal interino o temporal respecto al fijo por el mero hecho de serlo, lo que a nuestro juicio es inaceptable en un ejemplo más de las discriminaciones al personal temporal que están siendo corregidas por nuestros tribunales de justicia a partir de las interpretaciones del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) y la propia normativa comunitaria”, argumenta UGT-Servicios Públicos en el recurso de alzada.
Vulneración de jurisprudencia europea
En este sentido, el sindicato recuerda las recientes sentencias judiciales por el abono de trienios o la posibilidad de acceso a la carrera profesional y reafirma que la adecuación horaria para el personal docente mayor de 55 años de Cantabria “vulnera de forma frontal la directiva europea y la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo sobre los trabajos de duración determinada y su no discriminación en relación a los fijos.
“No existe justificación alguna que ampare la diferencia de trato entre el personal funcionario temporal y el fijo más allá de la duración del vínculo contractual, por lo que se produce una vulneración de la normativa mencionada y una situación de evidente discriminación, máxime el elevado porcentaje de interinidad en el ámbito educativo en nuestra comunidad autónoma”, subraya UGT-Servicios Públicos, que estima que ese porcentaje de interinidad o de docentes temporales supera en la actualidad el 35%.