El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy la convocatoria para que los docentes, mayores de 55 años o más, puedan solicitar la sustitución de jornada lectiva.
Los interesados tendrán un plazo de presentación desde el 29 de abril al 10 de mayo, ambos inclusive, y los requisitos para su solicitud es ser funcionario de carrera de cualquier cuerpo docente en servicio activo y desempeñar el puesto con carácter definitivo. Además, deberán impartir docencia en centros con un grupo de alumnado con una ratio igual o superior a 12 alumnos y tener cumplidos 59 años de edad o más; acreditar al menos 15 años de prestación de servicios y no disponer de reducción de jornada; así como no tener concedida la compatibilidad para cualquier otra actividad.
La aplicación del acuerdo comenzaría en el curso 2024/2025, pero solo para aquellos docentes de 59 años en adelante, y a lo largo de los siguientes tres cursos se irían incorporando progresivamente el resto de mayores de 55, los de 58 en el 2025/2026; de 57 en 2026/2027, y de 56 y 55 en 2027/2028. El acuerdo podría beneficiar ya el curso que viene a 1.095 docentes y en los tres siguientes se sumarían 321, 277, 557, respectivamente, aunque sus efectos dependerán de que los docentes decidan solicitarlo.
Este acuerdo para la sustitución de la jornada lectiva de los docentes de mayores de 55 años se firmó el pasado 19 de marzo con las organizaciones sindicales CCOO y ANPE y se comenzará a aplicar de forma progresiva desde el próximo curso y finalizará en el 2027/2028.
Recoge la posibilidad de que los docentes de más de 55 años, con 15 años de servicio y destino definitivo en el centro puedan sustituir 4 horas semanales de clase directa con alumnado, en el caso del Cuerpo de Maestros, o 3 para los docentes de Secundaria, por otras actividades de distinta naturaleza, como mentorización de profesorado joven, plurilingüismo, sostenibilidad o coeducación, entre otros, hasta un total de 27 tipos de proyectos.
Además, para su concesión el profesorado de Secundaria deberá impartir, al menos, 16 periodos lectivos de docencia directa, que en el caso de Educación Infantil y Primaria deberá de ser, de al menos 22 horas. Quedarán exceptuados del cumplimiento de este requisito de ratio los especialistas en Pedagogía Terapéutica o en Audición y Lenguaje
Para su concesión se tendrá en cuenta el dictamen de una comisión de coordinación pedagógica integrada por todos los jefes de departamento del centro educativo, también el claustro deberá ser oído, y en función de esa valoración el equipo directivo tomará la decisión sobre la dedicación horaria solicitada.
El acuerdo será seguido por una Comisión de Seguimiento mixta, dando, así cumplimiento a una petición de la Junta de Personal Docente.
Para la Consejería de Educación esta medida cumple la doble función de suponer una mejora en la vida laboral de docentes con años de experiencia y que se encuentran en la última etapa de su vida profesional, además de constituir una gran herramienta para los centros, que van a poder dedicar estas horas a otras iniciativas muy útiles.
Es posible tras la modificación, a través de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2024, de la Ley 2/2012, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos, que impedía hasta ahora abordar este asunto.
La sustitución de horas lectivas por otras actividades a partir de los 55 años es una reivindicación de los sindicatos de docentes desde hace más de una década que ha sido posible gracias a la derogación de la norma de 2012, y que se empezará a aplicar ya el curso próximo, aunque se desarrolle de forma progresiva durante la legislatura. Además, forma parte del calendario de negociación aprobado en el mes de diciembre con las organizaciones sindicales del ámbito educativo, que consta de un total de 17 puntos.