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Absuelven a cinco acusados de causar la pérdida de un ojo a un hombre en una pelea en Castro Urdiales

La Audiencia Provincial de Cantabria considera que existen contradicciones en los testimonios y aplica el principio in dubio pro reo ante la falta de pruebas concluyentes

by El Mirador
13/01/26 08:00
in Sucesos
El Juzgado de lo Social da la razón a CCOO en Cantabria y obliga a la UC a abonar el salario íntegro del personal investigador del programa María Zambrano
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La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los cinco hombres que fueron juzgados por presuntamente agredir a otro en el exterior de una discoteca de Castro Urdiales, un ataque que provocó que la víctima perdiera un ojo.

En la sentencia, notificada este lunes, el tribunal reconoce la existencia de las lesiones sufridas por el denunciante, pero concluye que no ha quedado acreditado que los acusados fueran los autores de la agresión.

Tras examinar el conjunto de pruebas presentadas durante el juicio, los magistrados destacan las «contradicciones» observadas tanto en las declaraciones del propio perjudicado como en las de los testigos, lo que genera, según indican, “una duda racional, objetiva e insuperable sobre la autoría y participación de los procesados”. Esa falta de certeza obliga a absolverlos, conforme al principio penal in dubio pro reo —cuando existan dudas razonables, estas deben favorecer al acusado—.

Los hechos se remontan a septiembre de 2018, cuando el denunciante sufrió una agresión por parte de “persona o personas no identificadas”, que le causaron múltiples cortes en la frente, la mejilla y la nariz. Las lesiones más graves afectaron a su ojo izquierdo, que sufrió un corte en el párpado inferior y la rotura del globo ocular, con pérdida total de visión.

Sin embargo, la Audiencia subraya en su resolución que “no consta” que fueran los cinco acusados quienes provocaron esas heridas arrojándole un vaso de cristal ni golpeándole con patadas y puñetazos, como sostenían las acusaciones.

El tribunal explica que no se ha alcanzado “el razonable, pleno y absoluto convencimiento, con el grado de certeza exigible en materia penal”, de que los procesados fueran los autores materiales de los hechos.

La sala destaca además que el relato ofrecido por la víctima durante el juicio “no coincide con las declaraciones anteriores” y presenta “diferencias notables” entre ambas versiones. Para los magistrados, su testimonio “carece de la persistencia necesaria” y muestra “ambigüedades y contradicciones importantes” que impiden considerar su declaración como una narración coherente o verosímil.

Las declaraciones de los testigos propuestos por el denunciante tampoco aportaron claridad al caso. Según detalla la sentencia, estas “no ofrecen mucha credibilidad” por las notables contradicciones con respecto a la versión del propio perjudicado.

A lo anterior se suma el testimonio de los agentes de policía que acudieron al lugar de los hechos. De sus declaraciones, señala el tribunal, “únicamente puede deducirse que el lesionado no atribuyó en ningún momento la agresión a los ahora procesados”, limitándose a afirmar que había sido atacado “por la banda de otra persona” sin identificar nombres ni concretar participaciones.

Esa persona a la que el denunciante mencionó como supuesto responsable principal se encuentra actualmente en situación de rebeldía y no llegó a participar en la vista oral, según puntualiza la resolución judicial.

Así, ante la falta de pruebas concluyentes y las inconsistencias en los testimonios, la Audiencia Provincial ha absuelto a los cinco acusados de todos los cargos relacionados con la agresión.

Tags: absueltosjuzgadopeleasucesos

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