El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido mantener la suspensión de la Ley de Derogación de la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria, después de que el presidente del Gobierno presentara un recurso de inconstitucionalidad contra la norma autonómica.
Este fallo implica que la ley permanecerá vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto, a pesar de los intentos de anularla por parte del Partido Popular y Vox. La decisión fue tomada en un auto de fecha reciente, cuya ponencia ha sido asumida por la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga.
La suspensión inicial fue acordada en febrero de 2025, cuando el Tribunal admitió el recurso interpuesto por el presidente del Gobierno, quien solicitó la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución Española, que permite suspender temporalmente una ley en caso de que se considere que puede causar perjuicios irreparables.
El Pleno del Tribunal Constitucional, en una medida cautelar, ha optado por mantener dicha suspensión sin entrar a valorar aún los aspectos sustantivos del recurso. Considera que los posibles daños alegados por el presidente del Gobierno, en caso de que la suspensión se levante, tienen suficiente gravedad para prevalecer sobre la presunción de legitimidad de la ley autonómica.
El Tribunal ha subrayado que los efectos de la ley sobre los derechos de las víctimas de violaciones de derechos humanos podrían ser irreversibles, lo que justifica la decisión tomada.
Sin embargo, el auto ha contado con un voto particular discrepante, que ha sido suscrito por los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera, César Tolosa Tribiño y José María Macías Castaño.