La Audiencia de Cantabria ha emitido una condena de un año de prisión para un individuo que, a pesar de contar con una pena de alejamiento vigente de su expareja, escaló hasta el balcón de la vivienda de la mujer, donde permaneció hasta la llegada de la policía.
La magistrada presidenta del jurado, en una sentencia notificada hoy, ha impuesto al condenado la prohibición de acercarse o comunicarse con su expareja durante tres años, junto con el pago de una indemnización de 500 euros por la intromisión ilegítima y el daño moral causado a la mujer.
El individuo ha sido declarado culpable de un delito de allanamiento de morada, con la agravante de parentesco, y de quebrantamiento de condena, con la agravante de reincidencia debido a condenas previas por este delito.
La sentencia tiene en cuenta la circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de embriaguez, ya que el acusado se encontraba bajo los efectos del alcohol en ambos incidentes. Además, la resolución judicial confirma que, tres meses antes de los hechos juzgados, el individuo había sido condenado por maltrato e injurias hacia su expareja, con una pena vigente de alejamiento y prohibición de comunicación por un año y cuatro meses.
A pesar de estas restricciones, en agosto de 2023, el condenado escaló hasta el balcón de la vivienda de la mujer, ingresando en el mismo con pleno conocimiento de la prohibición impuesta por el juez. La sentencia destaca que lo hizo con una clara intención de incumplirla, a pesar de que la mujer nunca dio su consentimiento. Su presencia en el balcón persistió hasta la intervención de las fuerzas de seguridad.