La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha
confirmado la absolución de un monitor de multideporte que fue juzgado
por tocamientos a una menor de edad.
En una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de casación
ante el Supremo, el tribunal de apelación desestima los recursos
presentados por el padre de la menor y por el ministerio fiscal, que solicitó
que se revocara la sentencia y se celebrara una nueva vista.
La acusación particular alegó que no se había tenido en cuenta el
testimonio de la niña, otros de referencia y el informe pericial de la Guardia
Civil, y la fiscalía, en la misma línea, recordaba que además de la prueba
preconstituida de la menor existían otras pruebas de cargo no valoradas.
Pero la Sala responde a los recursos señalando que “la prueba está
correctamente valorada” y que “no existió prueba de cargo suficiente para
condenar al acusado”.
En cuanto a la pericial, de la misma se desprende que “el relato (de la
menor) no se obtuvo de manera libre y fue muy breve”.
“Los recursos defienden que existe un relato de la menor, por breve que
sea, y un lenguaje gestual, pero esto no basta para una condena; se hace
preciso la existencia de un contenido incriminatorio suficiente que no se
alcanza por gestos aislados acompañados por un relato mayoritariamente
evasivo”, señala la Sala.
En definitiva, el tribunal desestima el recurso y confirma el pronunciamiento
absolutorio “dada la inexistencia de pruebas de cargo sólidas y concluyentes que justifiquen la culpabilidad del acusado y la imposición de
una pena de prisión”.